**Mediación por videoconferencia sincrónica o mediación por texto asincrónica: Decisión del mediador en función del conflicto**

 

En el marco del trabajo de ODR Latinoamérica, la decisión sobre si utilizar mediación por videoconferencia sincrónica o mediación por texto asincrónica depende de una evaluación conjunta entre el mediador y las partes involucradas. Esta decisión se toma considerando las características del conflicto, las necesidades emocionales de los participantes, y las circunstancias tecnológicas. A continuación, se describen los aspectos clave para esta decisión, con ejemplos de diferentes tipos de conflictos.

1. **Inmediatez de la resolución**:
- **Videoconferencia sincrónica**: El mediador puede sugerir la mediación sincrónica por videoconferencia si el caso requiere una resolución más rápida y si el contacto personal es crucial para las partes. Esto es común en **conflictos familiares**, donde la comunicación emocional y el contacto visual pueden ayudar a reducir tensiones y promover un diálogo más empático. La interacción en tiempo real facilita una mayor claridad y comprensión mutua.
- **Texto asincrónico**: En conflictos que no necesitan resolverse de manera urgente, como en muchos **conflictos de consumo**, el mediador puede proponer la mediación asincrónica por texto. Este método permite a las partes reflexionar con más calma sobre sus respuestas, lo que puede ser útil cuando las emociones son intensas o el conflicto involucra múltiples detalles técnicos que requieren una revisión pausada.

2. **Disponibilidad y acceso tecnológico**:
- **Videoconferencia**: El mediador debe evaluar si las partes tienen el acceso tecnológico y las habilidades necesarias para participar en una videoconferencia. En casos como un **conflicto familiar**, donde la conexión emocional y la participación directa son importantes, la videoconferencia es la mejor opción siempre que las partes tengan la capacidad tecnológica para hacerlo. Sin embargo, si una de las partes tiene problemas de conectividad o prefiere no participar en tiempo real, la mediación asincrónica puede ser una opción más adecuada.
- **Texto**: En conflictos como los **conflictos de consumo**, donde las emociones no son tan intensas y los participantes tal vez no puedan coincidir en horarios, la mediación por texto es una excelente alternativa. Este método permite a las partes trabajar en diferentes momentos, lo que es ideal cuando las agendas son complicadas o cuando hay diferencias de zonas horarias.

3. **Preferencias y contexto del conflicto**:
- **Videoconferencia**: El mediador puede recomendar la videoconferencia sincrónica en situaciones donde el conflicto requiere una conexión personal más inmediata, como en un **conflicto familiar** o entre vecinos, donde las partes pueden beneficiarse del contacto visual y la interacción en tiempo real. Esto ayuda a las partes a construir empatía y resolver malentendidos que podrían no ser evidentes en la comunicación escrita.
- **Texto**: En **conflictos de consumo** o situaciones de menor intensidad emocional, el mediador puede sugerir la mediación por texto, ya que permite a las partes expresarse con mayor claridad y distancia emocional. Esta modalidad es también útil cuando las partes prefieren un ambiente menos inmediato o cuando una interacción en tiempo real podría aumentar el estrés.

4. **Registro de la mediación**:
- **Texto**: El mediador puede resaltar la ventaja de la mediación asincrónica en cuanto al registro escrito detallado que se genera automáticamente. Esto es especialmente útil en conflictos más técnicos, como los **conflictos de consumo**, donde un registro claro de los acuerdos y las negociaciones es esencial para futuras referencias o seguimientos.
- **Videoconferencia**: En conflictos familiares o vecinales, donde la interacción es más fluida y emocional, el mediador puede optar por no grabar la videoconferencia para asegurar que las partes se sientan más cómodas expresándose libremente, aunque se puede acordar registrar la sesión si ambas partes lo consideran necesario.

La decisión entre utilizar una mediación sincrónica por videoconferencia o una mediación asincrónica por texto depende de la evaluación conjunta del mediador y las partes. Aspectos como la naturaleza del conflicto —si es un **conflicto familiar** o un **conflicto de consumo**—, las necesidades de las partes, y las condiciones tecnológicas disponibles jugarán un papel clave en esta decisión. El objetivo es siempre seleccionar el método que mejor promueva una resolución eficaz y satisfactoria para todas las partes involucradas.

*Texto escrito por Alberto Elisavetsky, presidente de ODR Latinoamérica.*
*Página web: [odrla.com](http://odrla.com)*

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